30/03/2017

Caso tweets: ¿Enaltecimiento?

A riesgo de que se me malinterprete, y en relación con la sentencia de los tweets de chistes sobre Carrero Blanco, en mi opinión no ha sido acertada la interpretación de la Audiencia Nacional sobre el delito que ha apreciado.
Pero dicho esto, también digo que el delito de enaltecimiento del terrorismo no es preciso en la redacción que le da el Código Penal, y ese ha sido el problema fundamental que ha dado pie a que un tribunal haya apreciado como delito la difusión de lo que particularmente considero como unos meros comentarios de mofa sobre un acto terrorista (que, por otra parte, carecen de la más mínima gracia).

No obstante, creo que la mejora del sistema no pasa por despenalizar tal enaltecimiento (que viene a ser la justificación pública de actos terroristas), sino por precisar mejor su ámbito de aplicación. No olvidemos que este delito no está previsto para atacar la libertad ideológica o de expresión, como se ha dicho por algunos líderes de la «nueva política», sino para sancionar penalmente las conductas de quienes aplauden públicamente los actos terroristas o menosprecian y humillan a las víctimas. Así debe entenderse e interpretarse el texto de la ley que sanciona estas conductas (que, por cierto, tampoco es la «ley mordaza», como también se ha dicho).

Quizá quienes se han apresurado a anunciar una iniciativa legislativa sobre despenalización de este delito deberían tener en cuenta que terrorismo fue, ciertamente, el atentado contra Carrero Blanco, pero también lo del «11-M» o la «Matanza de Atocha», y a este respecto yo me pregunto: ¿las reacciones habrían sido las mismas si una sentencia hubiera condenado por twits de similar contenido, pero relacionado con estos atentados? Aunque tengo clara la respuesta, ahí lo dejo.
Sin perjuicio de compartir la crítica a pronunciamientos jurisdiccionales como el recaído en este caso, dentro del debate político que requiere la cuestión, no podemos perder el norte sobre la necesaria protección penal que en materia de terrorismo merece la sociedad en su conjunto, o la que merecen igualmente, en particular, las víctimas. En una sociedad plural, como la que tenemos, no vale todo; no debe valer todo.

Alfonso Ballestín Miguel es Juez