26/05/2010

Torpeza hasta el ridículo

Así puede considerarse la actuación del Gobierno con el reciente Decreto Ley para reducir el déficit. La dirección de la política económica de España atraviesa sus horas más bajas, confirmando una sensación de improvisación y de incompetencia. La última peripecia, que roza el ridículo, es la ocurrida con la “corrección de errores” del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público.

El citado Decreto-ley, amparado en la urgencia de imponer medidas para restablecer la confianza de los mercados –urgencia ocasionada por la propia inactividad anterior del Gobierno–, dedica su parte principal a mermar las retribuciones de los empleados públicos, vulnerando principios básicos de nuestro ordenamiento jurídico, al dejar sin efecto derechos reconocidos por la ley de Presupuestos y el Estatuto básico del empleo público, sin indemnización, y suspendiendo unilateralmente los acuerdos fruto de la negociación colectiva. Resulta el colmo del cinismo alguna afirmación que contiene la exposición de motivos del Decreto-ley, como afirmar que “aun cuando los ciudadanos no vayan a ver afectados sus derechos concretos de forma inmediata por la adopción de alguna de estas medidas…”. ¿No son ciudadanos los empleados públicos?

Pero lo que ya roza el esperpento es la norma referida al endeudamiento de las entidades locales. El artículo 14.2 del Decreto-ley, en su versión del BOE de 24 de mayo, decía: “A partir de la entrada en vigor de la presente norma y hasta 31 de diciembre de 2011, las entidades locales y sus entidades dependientes clasificadas en el sector Administraciones Públicas no podrán acudir al crédito público o privado a largo plazo, en cualquiera de sus modalidades, para la financiación de sus inversiones…”. Esta norma, cuya aprobación había sido ocultada hasta ese momento, cayó como una bomba en los Ayuntamientos y demás entidades locales. Dado que la crisis actual hace prácticamente imposible generar ahorro o acudir a otras fuentes de financiación,  suponía la paralización total de las inversiones locales, con el consiguiente efecto de desactivación de la actividad económica y generación de más desempleo.

Ante la reacción de protesta de las entidades afectadas, el BOE de 25 de mayo publica una corrección de errores del Real Decreto-ley, en la que se aclara que, donde dice “A partir de la entrada en vigor de la presente norma y hasta 31 de diciembre de 2011…”, debe decir “A partir del 1 de enero de 2011 y hasta 31 de diciembre de 2011…” 

El ridículo que conlleva esta “corrección de errores” es enorme y tira por tierra la seguridad jurídica. En primer lugar, se trata de una falsedad en documento público porque no se trata de corregir un error material en la publicación sino de modificar la norma anterior. Lo dejan patente los hechos que han motivado el cambio e incluso la chapucera corrección de errores se olvida de modificar también la exposición de motivos del Decreto-ley, donde sigue diciendo: “Se aplaza hasta el ejercicio 2012 la concertación de operaciones de endeudamiento a largo plazo”. Da vergüenza. Debiera haberse tenido la gallardía de aprobar otro Decreto-ley modificando el anterior, reconociendo la metedura de pata cometida.

Pero es que, además, tal como queda ahora la norma citada, mejor hubiera sido omitirla, porque va a provocar el efecto contrario que se trataba de conseguir. Si se quería evitar nuevos endeudamientos, el fracaso de la norma es total: todas las entidades locales intentarán ahora acelerar su endeudamiento para ejecutar proyectos, si tienen acceso al crédito, al saber que durante 2011 no tendrán posibilidad de hacerlo.

En fin, si se pretendía mejorar la credibilidad económica, el Gobierno se ha lucido.