• 27/10/2020

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    Acaba de imponerse en Aragón, por primera vez, en el caso del asesinato de la niña Naiara, la pena de prisión permanente revisable. La introducción en el Código Penal de esta pena se produjo en el año 2015, tras la aprobación de la Ley Orgánica 1/2015, lo cual fue posible porque votaron a favor los parlamentarios del Partido Popular, que entonces tenía la mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados. Todos los demás partidos presentes en la Cámara se opusieron. Esta pena se pretende justificar, en primer lugar, por la finalidad de prevención general que tiene el Derecho penal, esto es, por la influencia que las penas deben tener en los ciudadanos para que se abstengan de cometer delitos, por miedo al castigo. Sin embargo, ello no se sostiene si tenemos en cuenta que la dureza de las penas no siempre genera una disminución de los delitos, como ha quedado empíricamente demostrado con estadísticas totalmente fiables. Artículo publicado en el Heraldo el pasado día 20 de octubre.